domingo, 2 de diciembre de 2018



SALVEMOS 
LA BICAMERALIDAD
Mi columna HOJA DE TIEMPO  en Correo el 01 de diciembre 2018
Ya muy cercano el referéndum del 9 de diciembre el debate sobre las decisiones ha sido corto y escaso. Más allá de la campaña personal –que contra lo establecido por ley- ha realizado el Presidente Martín Vizcarra poco hemos tenido de opiniones sobre las reformas constitucionales planteadas. La jurídica y la política son necesarias. Sobre la primera hay suficiente consenso al igual que sobre la relativa al financiamiento de las campañas electorales como positivo cambio para la democracia. Sin embargo la no reelección de congresistas y la bicameralidad tienen sus bemoles. Partimos de la premisa de que el Senado es necesario para la democracia y el desarrollo. Una cámara de notables calificados para representar al país como una unidad, una academia de alta política, compuesta por los principales intelectuales es más que deseable en un país donde la política se ha convertido en fuente de sinsabores cotidianos. Que la reforma política sirva para perfeccionar la representación con diputados o senadores preparados, que cultiven el conocimiento de las letras y las ciencias, con una identidad política que responda a la responsabilidad asumida de representar, legislar y fiscalizar.

Si en la Cámara de Diputados está el ímpetu juvenil y la presencia de la provincia en el Senado deberá estar la experiencia, la serenidad y el conocimiento para concretar la mejor revisión de las leyes desde el más alto nivel en los análisis. Nuestra historia demuestra que este brillo es posible y que la eliminación de la segunda cámara solo respondió a intereses coyunturales del fujimorismo.
Debemos rescatar el Senado para dar paso a un clima de mayor serenidad y comprensión en la política. Más allá de la modificación de la cuestión de confianza, ya declarada inconstitucional por el Tribunal Constitucional, y de la consigna del presidente Vizcarra de colocar un NO en la última casilla, demos un gran SI al Senado.


LA PRISION PREVENTIVA

ES ANTICONSTITUCIONAL


Político.pe el 02 de noviembre 2018 


Este jueves pasado -ante la Sala Nacional de Apelaciones presidida por la juez Inés Villa Bonilla- asumimos la defensa judicial ad honorem del Dr. Jesús Munive Taquía que purga injusta prisión preventiva de 12 meses por presunta colusión al haber integrado la Comisión Técnica que en diciembre 2009 otorgó la Buena Pro a Odebrecht para la obra del Tren Eléctrico. Solicitamos en el informe oral su inmediata libertad con base en la notable ausencia de indicios consistentes de participación en la colusión que ha enviado a prisión a funcionarios como Jorge Cuba Hidalgo. Miguel Navarro Portugal, Santiago Chay y Edwin Luyo.

Sobre ellos hay testimonios fehacientes y corroborados lo que no sucede con el Dr. Munive Taquía, respetado docente de la Facultad de Derecho de la UNFV y en su  momento impecable funcionario del MTC. Queda claro de los testimonios recogidos que Munive Taquía ni pidió ni recibió de la coima que Odebrecht distribuyó para su favorecimiento. Sin embargo le fue impuesta la preventiva que hoy cumple en un penal de alta peligrosidad como el Castro Castro, sin derecho a celda, durmiendo en el piso desde que el 6 de octubre fuera capturado en la misma audiencia.

No hay en su conducta signos exteriores de riqueza ni antecedentes de obstrucción a la justicia, por el contrario el Ministerio Público no encontró indicios para formalizar investigación. En dos oportunidades diferentes los fiscales Hamilton Castro y Fanny Quispe creyeron su versión. ¿Qué cambió para que ahora enfrente condiciones de reclusión inhumanas constatadas por el Colegio de Abogados de Lima, que afectarán su quebrantada salud a los 70 años que cumplirá esta navidad?

Todo esto lo dijimos en la apelación. Y agregamos que el abuso de la prisión preventiva hace daño a la justicia peruana acusada de irrespeto de garantías cuando debe ampararse en los derechos humanos. 

Requerimos un equilibrio claro entre el rechazo a la impunidad y el respeto a la presunción de inocencia o a la interpretación de la duda razonable favorable al reo, principios básicos del derecho penal.

Valioso fue que a esta audiencia de apelación asistieran los docentes de la Facultad de Derecho presididos por su Decano como manifestación de confianza en este colega hoy sometido a dura e injusta prueba.

El Dr. Munive ha formado a generaciones, cientos de abogados, jueces y fiscales, en sus tres décadas de docencia. Y como bien lo explica existe clamorosa contradicción entre la Constitución y el Código Procesal Penal. Mientras la primera considera la defensa de la vida, la identidad, la integridad moral, psicológica y física y el libre desarrollo y bienestar como base de la justicia. Y en su art segundo dispone que “Toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado judicialmente su responsabilidad”. El Código Procesal Penal, art. 268º permite la prisión Preventiva, cuando el Fiscal y el Juez “estimen” que hay comisión de un delito.

La Carta Magna contiene la solución, Art. 138º, al disponer que “ante la incompatibilidad entre una norma constitucional y una norma legal los jueces prefieren la primera”. La presunción de inocencia indica que el Juez antes de investigar y sentenciar no puede privar de la libertad a un imputado.

Por esto el Tribunal Constitucional ante el Habeas Corpus presentado por Ollanta Humala y Nadine Heredia dejo claramente establecido que la pena preventiva es la última ratio, la excepción y de ninguna manera la regla. Un estándar que los jueces y fiscales están obligados a respetar.

O estamos ante una omisión negligente del control difuso por el Juez Concepción Carhuancho y el Fiscal Domingo Pérez -que violan la norma constitucional cuando aplican con exceso la excepción y la convierten en regla- o respetamos el Estado de Derecho. Más aún cuando habiendo cinco posibilidades aplican la más gravosa encarcelando al imputado apenas ingresa al proceso. No queremos impunidad ni que nadie escape a la sanción que pueda merecer pero respetemos el marco constitucional si queremos preservar la imagen de la justicia peruana.


NI IMPUNIDAD
NI AUSENCIA DE GARANTÍAS

En Correo el 23 de noviembre 2019
El posible asilo de Alan García sigue causando revuelo y preocupación por el uso de esta protección para eludir la justicia por presunto involucramiento en actos de corrupción. Es fundamental garantizar el derecho al asilo pero hay temor de que se desnaturalice. El Poder Judicial impuso a García impedimento de salida del país por 18 meses pero el Ejecutivo intervino para cerrar fronteras antes de la decisión del juez. La desconfianza frente a la justicia cundió y la cúpula aprista trató de evitar la imagen de su líder encarcelado sin pruebas como ha sucedido en casos recientes. Para imponer la preventiva el juez no decide sobre el fondo del asunto, solo busca garantizar que el imputado no escape a la justicia o no la obstruya. AGP podía fugarse a España como César Hinostroza o podía quedarse obligado como exige la fiscalía y la mayoría de los peruanos. Pero no siente garantías de que no lo encarcelen con una preventiva bajo fuerte presión mediática y social evidente. ¿Es esta una operación de persecución política? Podría serlo si se demostrara injerencia política en la justicia como muchos temen o denuncian.
No sabemos si habrá asilo y salvoconducto pero la imagen del Perú democrático está en cuestión. La investigación debe seguir, el fiscal acusar y procesar pruebas en juicio y si la sentencia es de cárcel que traigan al culpable de donde esté para que la cumpla. Pero si no hay actuación de pruebas le dan argumentos para victimizarse.
Ni impunidad ni ausencia de garantías, se necesita la acusación fiscal y el proceso debido y mientras eso suceda AGP debería estar dispuesto a esperar en libertad en el Perú con garantías para ello. El Tribunal Constitucional ha dado la línea correcta para la justicia peruana. Las preventivas son medidas cautelares excepcionales no deberían ser la regla, abusiva en muchos casos.