SALVEMOS
LA BICAMERALIDAD
Mi columna HOJA DE TIEMPO en Correo el 01 de diciembre 2018
Ya muy cercano el referéndum del 9 de diciembre el debate sobre las
decisiones ha sido corto y escaso. Más allá de la campaña personal –que contra
lo establecido por ley- ha realizado el Presidente Martín Vizcarra poco hemos
tenido de opiniones sobre las reformas constitucionales planteadas. La jurídica
y la política son necesarias. Sobre la primera hay suficiente consenso al igual
que sobre la relativa al financiamiento de las campañas electorales como
positivo cambio para la democracia. Sin embargo la no reelección de
congresistas y la bicameralidad tienen sus bemoles. Partimos de la premisa de
que el Senado es necesario para la democracia y el desarrollo. Una cámara de notables
calificados para representar al país como una unidad, una academia de alta política,
compuesta por los principales intelectuales es más que deseable en un país
donde la política se ha convertido en fuente de sinsabores cotidianos. Que la
reforma política sirva para perfeccionar la representación con diputados
o senadores preparados, que
cultiven el conocimiento de las letras y las ciencias, con una identidad
política que responda a la responsabilidad asumida de representar, legislar y
fiscalizar.
Si en la Cámara de Diputados está el ímpetu juvenil y la presencia de la provincia en el Senado deberá estar la experiencia, la serenidad y el conocimiento para concretar la mejor revisión de las leyes desde el más alto nivel en los análisis. Nuestra historia demuestra que este brillo es posible y que la eliminación de la segunda cámara solo respondió a intereses coyunturales del fujimorismo.
Debemos rescatar el Senado para dar paso a un clima de mayor serenidad y comprensión
en la política. Más allá de la modificación de la cuestión de confianza, ya declarada
inconstitucional por el Tribunal Constitucional, y de la consigna del
presidente Vizcarra de colocar un NO en la última casilla, demos un gran SI al
Senado.
LA PRISION
PREVENTIVA
ES ANTICONSTITUCIONAL
Político.pe el 02 de noviembre 2018
Este
jueves pasado -ante la Sala Nacional de Apelaciones presidida por la juez Inés
Villa Bonilla- asumimos la defensa judicial ad honorem del Dr. Jesús Munive
Taquía que purga injusta prisión preventiva de 12 meses por presunta colusión
al haber integrado la Comisión Técnica que en diciembre 2009 otorgó la Buena
Pro a Odebrecht para la obra del Tren Eléctrico. Solicitamos en el informe oral
su inmediata libertad con base en la notable ausencia de indicios consistentes
de participación en la colusión que ha enviado a prisión a funcionarios como
Jorge Cuba Hidalgo. Miguel Navarro Portugal, Santiago Chay y Edwin Luyo.
Sobre
ellos hay testimonios fehacientes y corroborados lo que no sucede con el Dr.
Munive Taquía, respetado docente de la Facultad de Derecho de la UNFV y en su momento impecable funcionario del MTC. Queda
claro de los testimonios recogidos que Munive Taquía ni pidió ni recibió de la coima
que Odebrecht distribuyó para su favorecimiento. Sin embargo le fue impuesta la
preventiva que hoy cumple en un penal de alta peligrosidad como el Castro
Castro, sin derecho a celda, durmiendo en el piso desde que el 6 de octubre fuera
capturado en la misma audiencia.
No
hay en su conducta signos exteriores de riqueza ni antecedentes de obstrucción
a la justicia, por el contrario el Ministerio Público no encontró indicios para
formalizar investigación. En dos oportunidades diferentes los fiscales Hamilton
Castro y Fanny Quispe creyeron su versión. ¿Qué cambió para que ahora enfrente
condiciones de reclusión inhumanas constatadas por el Colegio de Abogados de
Lima, que afectarán su quebrantada salud a los 70 años que cumplirá esta
navidad?
Todo
esto lo dijimos en la apelación. Y agregamos que el abuso de la prisión
preventiva hace daño a la justicia peruana acusada de irrespeto de garantías cuando
debe ampararse en los derechos humanos.
Requerimos un equilibrio claro entre el
rechazo a la impunidad y el respeto a la presunción de inocencia o a la
interpretación de la duda razonable favorable al reo, principios básicos del
derecho penal.
Valioso
fue que a esta audiencia de apelación asistieran los docentes de la Facultad de
Derecho presididos por su Decano como manifestación de confianza en este colega
hoy sometido a dura e injusta prueba.
El
Dr. Munive ha formado a generaciones, cientos de abogados, jueces y fiscales,
en sus tres décadas de docencia. Y como bien lo explica existe clamorosa contradicción
entre la Constitución y el Código Procesal Penal. Mientras la primera considera
la defensa de la vida, la identidad, la integridad moral, psicológica y física
y el libre desarrollo y bienestar como base de la justicia. Y en su art segundo
dispone que “Toda persona es considerada inocente mientras no se haya declarado
judicialmente su responsabilidad”. El Código Procesal Penal, art. 268º permite
la prisión Preventiva, cuando el Fiscal y el Juez “estimen” que hay comisión de
un delito.
La Carta Magna contiene la solución, Art. 138º, al disponer que “ante la incompatibilidad
entre una norma constitucional y una norma legal los jueces prefieren la
primera”. La presunción de inocencia indica que el Juez antes de investigar y
sentenciar no puede privar de la libertad a un imputado.
Por
esto el Tribunal Constitucional ante el Habeas Corpus presentado por Ollanta Humala
y Nadine Heredia dejo claramente establecido que la pena preventiva es la
última ratio, la excepción y de ninguna manera la regla. Un estándar que los
jueces y fiscales están obligados a respetar.
O
estamos ante una omisión negligente del control difuso por el Juez Concepción Carhuancho
y el Fiscal Domingo Pérez -que violan la norma constitucional cuando aplican
con exceso la excepción y la convierten en regla- o respetamos el Estado de
Derecho. Más aún cuando habiendo cinco posibilidades aplican la más gravosa
encarcelando al imputado apenas ingresa al proceso. No queremos impunidad ni
que nadie escape a la sanción que pueda merecer pero respetemos el marco
constitucional si queremos preservar la imagen de la justicia peruana.