sábado, 9 de septiembre de 2017

LOS TRÁNSFUGAS

Mi columna HOJA DE TIEMPO del 09 09 17

Los tránsfugas continúan en el candelero, la filtración de la supuesta sentencia del Tribunal Constitucional que les devolvería su derecho a formar o integrar bancada, más otros derechos inherentes a su representación, los ha devuelto a la vida política y los ha rescatado del limbo en que los había colocado el reglamento del Congreso. Han dejado de ser parias para ser nuevamente protagónicos. Y aunque la sentencia del TC aún no se conoce han recuperado posiciones.

La Real Academia Española considera tránsfuga a la persona que huye de una parte a otra o que se pasa de un partido a otro. En el Perú, el transfuguismo tuvo su momento cumbre cuando se conoció el famoso video Kouri Montesinos en que se veía al súper asesor de Alberto Fujimori comprando el pase de un parlamentario elegido por la oposición a la bancada del fujimorismo. Con este método Montesinos logró completar el número de congresistas para seguir con un Congreso incondicional, maniatado y sumiso. Lograron así la mayoría parlamentaria que el pueblo les negó en las urnas. A diferencia de esos tiempos declinantes hoy el fujimorismo es dominante, avasallador con su mayoría de más de setenta parlamentarios y necesita desalentar a quienes quieran dejar su bancada aunque sea para formar otra del mismo signo.

La discusión en el TC esconde la pugna interna entre Keiko Fujimori y su challenger Kenyi Fujimori. Sin diferencias sustantivas disputan el liderazgo de la oposición que hoy encarna la hija mayor de AFF más por números que por ideas o propuestas.

Pero también se juega el fraccionamiento de la representación nacional en tantas bancadas como sea posible conforme a las ambiciones de los privilegios y prebendas que existen en la escuelita parlamentaria que, no olvidarlo, está siendo vigilada por el país. Veremos si la pugna por una mejor ubicación significa dar la espalda o no a los electores propios.


LA CURUL VACÍA


En Político.pe del 08 09 17

Una cosa es ser tránsfuga preelectoral y otra postelectoral. Los primeros abandonan sus partidos para entrar a una lista de otro partido. Los segundos lo hacen después de ser elegidos movidos más por ventajas personales o de grupo sin mayor argumento político o ideológico. Menos aún legal o ético. A ellos se les aplica el Reglamento del Congreso de octubre del año pasado que les impide “constituir nuevo grupo parlamentario ni adherirse a otro los congresistas que se retiren, renuncien, sean separados o hayan sido expulsados de la bancada, partido político o alianza electoral por el que fueron elegidos”.

Poe eso los tránsfugas pidieron al Tribunal Constitucional la declaración de inconstitucionalidad y parecería que la han conseguido. Pero no les será tan fácil hacer abstracción del partido o agrupación política que los llevó a conseguir la representación en el congreso. Y de seguro de las condiciones que firmaron al inscribirse para la elección. La Constitución dispone la representación proporcional de los partidos políticos o grupos inscritos. Que concuerda con otra que dice: “Tales organizaciones (partidos, movimientos, alianzas) concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular. Su inscripción en el registro correspondiente les concede personalidad jurídica.”

¿A quién pertenece el escaño parlamentario? ¿Al partido que lo propone como representante o a la persona que gana la representación?

Hay una relación con los partidos de origen que no queda descartada cuando salen de ellos para opinar y votar como quieran, incluso contra los partidos por los cuales fueron elegidos. Pero ese debate no se está dando. La contradicción entre pertenencia y sujeción a un partido y libertad de opinión y voto, requiere de una interpretación de los artículos relativos a la elección y a la función representativa.

Hay que asegurar a los representantes legislativos la libertad de opinión y voto sin posibilidad de ser sancionados por ella pero al mismo tiempo velar por la autonomía de Poder Legislativo que no debería ser feudo de ningún partido.

La Constitución no impone a los congresistas la obligación de mantenerse en los partidos o grupos por los cuales son elegidos pero tampoco da libertad para el transfuguismo parlamentario. Si queremos limitar o impedir el aventurerismo, que hemos padecido demasiado tiempo, deberíamos abordar este debate una vez que el Tribunal Constitucional publique su sentencia que como sabemos es de obligatorio acatamiento conforme a la institucionalidad democrática y al Estado de Derecho.